Constitución
Del Estado Libre E Independiente Del Socorro, 15 De Agosto De
1810. (Extracto)
Como
resultado del fervoroso, agresivo y multitudinario alzamiento revolucionario,
que depuso y desterró a las autoridades realistas el 10 de julio de 1810, la
legendaria provincia comunera proclamó su independencia de la corona española
y, mediante plebiscito efectuado el 15 de agosto de aquel año, promulgó la
célebre Acta de Constitución del Nuevo Gobierno de la Provincia del Socorro,
considerada como estatuto fundamental primigenio del constitucionalismo
colombiano. La Junta de la Provincia del Socorro, habiendo leído en alta voz al pueblo esta
acta, y preguntándole si quería ser gobernado por los principios que en ella se
convienen, respondió que sí.
BASES
FUNDAMENTALES DE SU CONSTITUCIÓN:
- Nadie
será molestado en su persona o en su propiedad sino por la ley.
- Todo
hombre vivirá del fruto de su industria y trabajo.
- La
tierra es el patrimonio del hombre que debe fecundar con el sudor de su frente,
y así una generación no podrá limitar o privar de su libre uso a las
generaciones venideras con las vinculaciones, mayorazgos y demás trabas
contrarias a la naturaleza y sagrado derecho de propiedad y a las leyes de la
sucesión.
- Toda
autoridad que se perpetúa está expuesta a erigirse en tiranía.
- El
Gobierno del Socorro dará auxilio y protección a todo pueblo que quiera
reunírsele a gozar de los bienes que ofrecen la libertad e igualdad que
ofrecemos como principios fundamentales de nuestra felicidad.
- respecto a la autoridad religiosa adopta
como luminoso y redentor el dogma cristiano, pero previene sobre el poder
temporal diciendo que toda autoridad será establecida o reconocida por el
pueblo y no podrá removerse sino por la ley

CONSTITUCIÓN DEL 1821 LA GRAN COLOMBIA
Fue el
resultado del Congreso de Cúcuta que se desarrolló el 30 de agosto de 1821 y
cuyo objetivo principal fue crear la República de la Gran Colombia mediante la
unificación de Nueva Granada(Colombia y Panamá) y Venezuela. Posteriormente
Ecuador se unió a esta enorme nación.
Tras la
Batalla de Carabobo, el 24 de junio de 1821, que dio oficialmente la
independencia de Venezuela, y luego de la liberación de Caracas, Cartagena,
Popayán y Santa Marta
El Poder Ejecutivo,
estaba integrado por el Presidente y el Vicepresidente, que durarían 4 años en
sus cargos, sin ser posible su reelección.
el poder legislativo se componía de dos cámaras: la de senadores, que duraban
ocho años en sus funciones, y la de representantes, por un período de cuatro.
En esta constitución
se promulgó la liberación progresiva de la esclavitud. Acabó con la Inquisición
e hizo reformas relativas a los obispos, arzobispos y algunos bienes de la
Iglesia. El Gobierno de Colombia se declaró popular y representativo.

CONSTITUCIÓN 1832 NUEVA GRANADA (ETAPA CENTRALISTA)
Después de la
desintegración de la República de la Gran Colombia (1830), y más exactamente
luego del Convenio de Apulo (28 de abril de 1831), mediante el cual el general
Rafael Urdaneta, último presidente de la Gran Colombia, entregó el mando a Domingo
Caicedo (3 de mayo de 1831).
El presidente Caicedo convoco una
convención que elaboro una nueva constitución promulgada en 1832 la cual le dio
el nombre de nueva granada a nuestro país y lo dividió en provincias
En 1832 se
aprobó la Constitución de la República de Nueva Granada, cuyas características
principales fueron: separación de poderes, responsabilidad de los funcionarios
públicos, libertad de prensa, protección a cargo del Estado de la religión
católica y creación de cámaras provinciales para potenciar el desarrollo
regional. Se regresaba al gobierno presidencial por cuatro años. Santander
asumió la presidencia y negoció la deuda con Venezuela y Ecuador. Se emprendió
la reconstrucción interna en asuntos de Hacienda pública, educación,
comunicaciones, sistema penitenciario e industria.
Nueva Granada
legitimó su condición de República con la Constitución sancionada el 29 de
febrero de 1832 por la Convención Nacional. Estuvo conformada por las
provincias de Bogotá, Tunja, Socorro, Vélez, Pamplona, Magdalena, Cartagena,
Panamá, Veraguas, Antioquia, Neiva, Popayán, Pasto y Barbacoas, es decir, el
mismo territorio del virreinato de Nueva Granada en 1810.

1843
ABRIL 20. SANCIONADA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA NUEVA GRANADA. AUNQUE SIGUE
LINEAMIENTOS DE LAS ANTERIORES, REFUERZA LOS PODERES PRESIDENCIALES.
“Habiendo manifestado la
experiencia que varias de las disposiciones de la Constitución acordada por la
Convención granadina en el año de 1832, presentan graves inconvenientes en la
práctica, y que acerca de otras se han originado dudas por el modo con que
están expresadas y por lo que ha venido a ser indispensable reformar unas,
añadir o suprimir otras.”
Al finalizar
la Guerra de los Supremos, el presidente colombiano José Ignacio de Márquez
consideró que las ideas liberales y federalistas eran parte de las causas de la
inestabilidad política del país. Para remediar este problema, el 20 de abril de
1843 el Congreso redactó una nueva Constitución.
A diferencia
de su antecesora, la Constitución de 1843 fortalecía el régimen centralista al
ampliar el poder del Presidente y al quitarles buena parte de la autonomía a
las provincias. Además, se reducía la ciudadanía a los varones de 21 años,
alfabetos y dueños de bienes raíces superiores a 300 pesos o receptores de
renta anual mayor a 150 pesos, con lo que también se eliminaba el sufragio
universal.
1853
Mayo 20. Sancionada Carta constitucional de la República de la Nueva Granada.
Descentralismo.
La Constitución fue sancionada por José María
Obando el 21 de mayo de 1853 y consta únicamente de 64 artículos y uno
transitorio, siendo por este aspecto la más concisa de cuantas se han expedido
en Colombia; pero por su estilo y la nueva manera de organizar el Estado, ha
sido también una de las más controvertidas.
La Constitución de 1853 es caracterizada «como
la Carta Fundamental que estimuló las libertades en la Nueva Granada:
- Se
eliminó la esclavitud.
- Se
extendió el sufragio a todos los hombres mayores de 21 años.
- Se
impuso el voto popular para elegir congresistas, gobernadores y magistrados.
- Se
estableció la libertad administrativa y libertad religiosa.
- Hubo
una separación del Estado y la Iglesia, y se terminó la personalidad jurídica
de la Iglesia Católica

1863
Mayo 8. Constitución de los Estados Unidos de Colombia. Firmada en Ríonegro,
Antioquia. Federalista. Preámbulo invoca al pueblo como fuente de autoridad
.
El país es
llamado oficialmente Estados Unidos de Colombia el 3 de Febrero de 1863 por la
Constitución de Rionegro, la cual fue promulgada el 8 de Mayo por los liberales
radicales quienes habían acabado de ganar la guerra civil de 1860 a 1863.
Liberalizó
las políticas a nivel social y económico, proclamando la libertad para expresar
la manera de pensar en forma oral o escrita, libertad para trabajar u organizar
cualquier negocio, libertad de imprenta, libertad para viajar por el territorio,
entrar o salir de él, libertad de enseñanza, libertad de culto, libertad de
asociación, libertad de poseer armas y municiones, y de comerciar con ellas.
Estableció un
sistema federal con una presidencia central (presidencia de la unión) de dos
años de duración y sin posibilidad de reelección inmediata el presidente era
elegido de manera indirecta cada uno de
los nueve estados (Panamá, Antioquia, Magdalena, Bolívar, Santander, Boyacá,
Cundinamarca, Tolima y Cauca) elegía al candidato de su preferencia
El 12 de
Mayo, cuatro días después de haberse proclamado la constitución, los 61
delegados eligieron a Tomás Cipriano de Mosquera para gobernar durante dos años
hasta el 1 de Abril de 1864,
Bajo este
régimen descentralizado los sentimientos regionalistas tuvieron su máxima
expresión.
CONSTITUCIÓN DE 1886
La coalición
de Conservadores y Liberales moderados que dio término a la hegemonía liberal y
que llevó al poder a Rafael Núñez desmontó la Constitución de Riónegro. El país
es llamado oficialmente República de Colombia
La
Constitución fue proclamada el 5 de agosto de 1886, abolió el federalismo, creó
un estado unitario, administrador en lo social y económico, dividió el poder en
tres ramas (legislativa, ejecutiva y judicial), estableció el periodo
presidencial a 4 años y creó los departamentos como forma administrativa
territorial nacional.
PUNTOS
IMPORTANTES:
- - Se
le devolvió el poder a la iglesia, otorgándole un régimen especial fiscal
(exención de impuestos) y el control de la educación en Colombia. La iglesia
delineaba el currículum académico y elegía el colegio de profesores.
- - Desinstaló
el aparato administrativo Federal que funcionaba hasta el momento a favor de
una política de mando central.
- - Unificó
las fuerzas armadas de cada departamento en un gran ejército nacional.
-
Prohibió
el divorcio.
- - Impuso
el himno que se conserva hasta el día de hoy.
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